ORIGEN INTERNACIONAL DEL DERECHO AMBIENTAL

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DERECHO AMBIENTAL

LIZETH IDA QUISPE SALAZAR

Existen concepciones del:

  • Positivismo
  • Ius Naturalismo
  • Teoría Tridimensional (engloba a las 2 anteriores)
  • Toma en cuenta el Aporte Sociológico (el derecho es parte del hecho)

DATOS RESALTANTES

-     Hay una preocupación de Organismos Internacionales  sobre La conservación del medio Ambiente

-   En el Perú en el año 70 por primera Vez se da una Conferencia para abordar la degradación ambiental, la presencia de residuos sólidos, las zonas fronterizas.

-   La institucionalidad ambiental en el Perú surge en el 2008, primero existió el Consejo Nacional del Medio Ambiente y finalmente el Ministerio del Ambiente (MINAM), con sus respectivos organismos técnicos.

-       En 1983 la Asamblea General de la ONU forma una comisión mundial del Medio Ambiente.

    • Finalidad elaborar un diagnóstico y plantear propuestas a largo plazo en base a ello.

 

SOFTLAW: No son mandatos obligatorios pero con el tiempo  podrían legitimarse y tornarse en costumbre internacional y tornarse obligatorias

HARDLAW: Son de cumplimiento obligatorio

 

ORIGEN INTERNACIONAL DEL DERECHO AMBIENTAL

 

PRIMER HITO: LA CUMBRE DE ESTOCOLMO

Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano

Enfoque Antropocéntrico

5-16 de junio 1972- Suecia

Participaron 113 estados- incluyendo el Perú

Agenda: Eliminar el deterioro del medio humano (Artificial- natural)

Motivo la creación del programa de Naciones Unidas para el medio ambiente (PNUMA)-ONU AMBIENTE.

ACUERDOS

-     Declaración de 26 principios (Instrumento de Soft law)- Principio contaminador pagador.

- Los principios, formaron la primera "legislación blanda" en materia ambiental internacionalmente.

-    Plan de acción: 109 recomendaciones

ACUERDOS ESPECIFICOS

-       Moratoria de 10 años a la caza comercial de ballenas

-       Prevención de la descarga deliberada de petróleo en el mar- 1975

-       Informe de los usos de la energía- 1975

PLAN DE ACCIÓN (Tipos de acción)

-       El programa global de evaluación del medio humano

-       Las actividades de ordenación del medio humano

-  Las medidas internacionales auxiliares de la acción nacional e internacional de evaluación y ordenación.

 

SEGUNDO HITO: LA CARTA DE LA NATURALEZA

28 de octubre 1982-Asamblea de las Naciones Unidas- Resolución 37/7

Instrumento Soft law

Tiene 24 artículos

-         Principios generales filosóficos y éticos de conservación

-         Funciones

-         Aplicación de principios

PRINCIPIOS QUE DESTACAN

-       Respeto a la naturaleza y no perturbar sus procesos

-     No comprometer la viabilidad genética de la tierra, mantener los niveles poblacionales de toda forma de vida(salvaje, domestica) para su supervivencia y salvaguardar los hábitats .

-  Las zonas de la tierra(terrestres o marítimas) deben estar sujetas al principio de conservación, y una protección especial a áreas únicas(hábitats de especies en peligro, y  zona representativas de diferentes ecosistemas)

-   Los ecosistemas, organismos y recursos atmosféricos utilizados por el hombre, deben gestionarse para obtener una óptima productividad sostenible, sin poner en peligro la integridad de otras especies o ecosistemas.

-     Protección de la naturaleza de la degradación producto de la guerra u otras actividades hostiles.


TERCER HITO: INFORME DE BRUNDTLAND

NUESTRO FUTURO COMUN- 1987

-      Es un informe socioeconómico, de la Comisión Mundial del medio Ambiente y desarrollo de 1983.

-       Tiene un mandato de 3 años

-       Fue presidida por r Gro Harlem Brundtland- Ministra noruega.

-    Los miembros de la comisión actuaban a título personal y no en representación de sus países.

CONTENIDO

-     El informe de Brundtland, hasta hoy en día es usado como un documento fundacional, en materia ambiental.

-    Por primera vez se emplea formalmente el termino Desarrollo Sustentable (Desarrollo que satisface las necesidades de la generación presente, sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades).

Pilares del Desarrollo Sustentable o Desarrollo Duradero

  • Social: Generar empleo
  • Económico: Crecimiento económico
  • Ambiental: Conservar la naturaleza

El informe de Brundtland es una confluencia de desarrollo y sostenibilidad.

Para elaborar el informe, se recopilo informes de los problemas ambientales y su impacto de distintos países parte de la ONU.

Busco la cooperación entre naciones en cuestiones de desarrollo y utilización de recursos naturales.

El informe Brundtland puso en evidencia que una persona que nacía en un país industrializado, genera más impacto ambiental que un

niño que nace en un país en desarrollo(En los países en desarrollo se debe poner énfasis en mejorar los sistemas sanitarios y educativos).

El desarrollo sostenible o duradero requiere un cambio en el contenido del crecimiento, de forma que su consumo de materiales y de energía sea más equitativo en sus efectos.

Ejemplo: Los ingresos de operaciones forestales deben incluir los costos de regeneración.

 

CUARTO HITO:CONFERENCIA DE LA ONU SOBRE EL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO DE 1989

Es una resolución de la 85 sesión plenaria del 22 de diciembre 1989.

CONTENIDO

-       Declaraciones de reconocimiento de la problemática ambiental. 

-      Intención de encaminar esfuerzos técnicos y financieros, a través de estrategias de política ambiental que deben ser adoptadas y desarrolladas por los países.

-       Se desarrollaron principios para alcanzar el Desarrollo Sostenible

-      Convoca a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, del 05 de junio de 1992.

 

QUINTO HITO: CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO.

Cumbre para la tierra, Rio de Janeiro

3 al 14 de junio de 1992

Participaron 179 países

Se formulan:

-    Declaraciones (Soft law)

Declaración sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo

Declaración de Principios para el Desarrollo Sostenible de los Bosques

-    Convenios (Hard law)

   Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático

   Convenio sobre Diversidad Biológica

   Convención de Lucha contra la desertificación

-   Programa (Hard law)

    Programa 21 (Agenda 21)

 

DECLARACIONES

a.      Declaración sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo

-     Reconoce el derecho a la vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza, el derecho de los Estados a aprovechar sus recursos según sus propias políticas ambientales y de desarrollo, le otorga condición de garante de la protección del ambiente de las actividades realizadas en su jurisdicción nacional.

-       Armoniza el derecho al desarrollo y el desarrollo sostenible.

-       Establece el Principio de Solidaridad ambiental.

-       Promueve el decrecimiento económico y demográfico.

-       Instaura el principio de participación ciudadana y acceso a la información ambiental.

-       Determina el Principio de adecuación y eficacia normativa ambiental.

-    Promueve el Principio de cooperación en la promoción de un sistema económico que concilie el desarrollo económico y desarrollo sostenible, con medidas de solución a los problemas ambientales transfronterizos o mundiales.

-      Promueve el desarrollo del marco normativo de la responsabilidad e indemnización ambiental.

-  Establece el principio de precaución, el  principio contaminador pagador, y el principio de prevención a través de la implementación de la evaluación, del Impacto Ambiental (EIA) en los países.

-   Reconoce el rol fundamental de las mujeres y jóvenes en el logro del desarrollo sostenible y la importancia de los pueblos originarios por sus conocimientos y prácticas tradicionales.

-      Declara a la guerra como enemiga del desarrollo sostenible

b.      Declaración de Principios para el Desarrollo Sostenible de los Bosques

  • Es un primer consenso mundial sobre los bosques, reconociendo su relación con el desarrollo sostenible, y la importancia de su función ambiental.
  • Reconoce que los bosques entrañan procesos ecológicos complejos y singulares que constituyen la base de la capacidad actual o potencial de proporcionar recursos para satisfacer las necesidades humanas y valores ambientales, así como su importancia en el desarrollo económico.
  • Reconoce el derecho de los Estados de explotar sus propios recursos en el marco de una política ambiental. Esta actividad no debe perjudicar el ambiente de otros Estados.
  • Reconoce la necesidad de ordenación sostenible de los bosques. En concordancia con el desarrollo sostenible y reconoce la importancia de la participación e información ambiental.
  • Establece que la política forestal de cada país reconozca los derechos de los pueblos indígenas.
  • Propugna se formulen y ejecuten políticas de reforestación, de ordenación y uso sostenible de los bosques, de evaluación de impacto ambiental, cuando se pueda ocasionar repercusiones negativas.
  • Se impulsa el fortalecimiento de la cooperación internacional, apoyo a ciencia e inventarios forestales.
  • Promueve el fortalecimiento de la institucionalidad ambiental para la protección de los bosques.
  • Sugiere que se incorpore en los costos de mercado a los costos y beneficios para el medio ambiente y  lograr la conservación forestal y el desarrollo sostenible.

CONVENIOS

a.      Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático

-        Busca estabilizar las concentraciones de gases de efecto invernadero a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático.

-  Las interferencias antropogénicas peligrosas son monitoreadas por el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el cambio climático (IPCC), creado en 1988.

§  Este grupo ha elaborado seis informes de evaluación. Busca limitar el calentamiento global en 1,5°C.

§  Facilitan las evaluaciones integrales del estado de los conocimientos científicos, técnicos y socioeconómicos sobre el cambio climático, sus causas, posibles repercusiones y estrategias de respuesta.

-     Espera que los países industrializados sean los que más reduzcan las emisiones en su territorio.

-   En el marco de la convención las naciones industrializadas acuerdan apoyar las actividades relacionadas con el cambio climático en países en desarrollo. Por lo que, se estableció un sistema de subvenciones y préstamos a través de la Convención y está gestionado por el Fondo para el medio ambiente mundial.

-  Se propone conciliar las emisiones de países en desarrollo con su progreso económico.

-  Pide que se hagan esfuerzos especiales para mitigar las consecuencias, especialmente en los países en desarrollo.

b.      Convenio sobre Diversidad Biológica

-    El Convenio de Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica (CDB) fue negociado bajo el auspicio del PNUMA y quedó abierto a la firma en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, denominada “Cumbre de la Tierra.

-     La meta del CDB es lograr la conservación de la diversidad biológica mediante el uso sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios derivados del uso de los recursos genéticos. Se reconoce la función decisiva que desempeña la mujer en la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica y se afirma la necesidad de la plena participación de la mujer en todos los niveles de la formulación y ejecución de políticas encaminadas a la conservación de la diversidad biológica.

-      El Convenio tiene tres objetivos principales:

§  La conservación de la diversidad biológica

§  El uso sostenible de sus componentes

§  El reparto justo y equitativo de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos

c.       Convención de Lucha contra la desertificación

-     La Cumbre de 1992, constituyó el impulso para la elaboración de un tratado en esta materia.

-    En 1977 se celebró en Nairobi (Kenia) la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desertificación,

-     Se aprobó un Plan de Acción para la Lucha contra la Desertificación.

§  Tras el fracaso del Plan de Acción de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación, las naciones en desarrollo, encabezadas por los países africanos, insistieron en que se prestara atención a la desertificación durante los preparativos de la Cumbre de la Tierra de 1992.

§  Finalmente, después de complicadas negociaciones, en el Programa 21 aprobado en la CNUMAD, celebrada en Río de Janeiro en 1992, se acordó pedir a la Asamblea General de las Naciones Unidas que instituyera un Comité Intergubernamental de Negociación (CIND) a fin de preparar un instrumento jurídico vinculante antes de junio de 1994.

§  Al cabo de trece meses de difíciles negociaciones en cinco periodos de sesiones celebrados en Nairobi,

§  Ginebra, Nueva York y París, la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en África (CLD), fue aprobada el 17 de junio de 1994 en París, con el consenso de más de un centenar de países, y se abrió a la firma en octubre de ese año.

-     El objetivo de la Convención es luchar contra la desertificación y mitigar los efectos de la sequía en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en África, mediante la adopción de medidas eficaces en todos los niveles, apoyadas por acuerdos de cooperación y asociación internacionales, en el marco de un enfoque integrado acorde con el Programa 21, para contribuir al logro del desarrollo sostenible en las zonas afectadas

PROGRAMA

Programa 21 (Agenda 21)

-      Suscrita por 172 países miembro de Naciones Unidas.

-    Estos países se comprometen a aplicar políticas ambientales, económicas y sociales en el ámbito local encaminadas a lograr un desarrollo sostenible. Cada región o cada localidad, por su parte, desarrolla su propia Agenda Local 21, donde debían participar tanto ciudadanos, como empresas y organizaciones sociales, con el objetivo de generar y consensuar un programa de políticas sostenibles.

-     Se trata de una estrategia global que se lleva a la práctica de manera local y que implica a todos los sectores de una comunidad: sociales, culturales, económicos y ambientales.

Objetivos de la Agenda 21 de la ONU

-      En principio contempla tres aspectos: la sostenibilidad medioambiental, la justicia social y el equilibrio económico.

-     No es posible la Agenda 21 sin la participación de la ciudadanía, la cual debe ser alentada de manera efectiva por los poderes públicos y las diferentes asociaciones públicas o privadas.

-       Resaltan los siguientes objetivos:

§  La protección de la atmósfera.

§  La planificación y la ordenación de los recursos de tierras.

§  La lucha contra la deforestación.

§  La lucha contra la desertificación y la sequía.

§  El desarrollo sostenible de las zonas de montaña.

§  El fomento de la agricultura y del desarrollo sostenible rural.

§  La conservación de la diversidad biológica.

§  La protección de los océanos y de los mares, así como de las zonas costeras.

§  La calidad y el suministro de los recursos de agua dulce.

§  La gestión racional de los productos químicos tóxicos.

§  Gestión de los desechos peligrosos, sean o no radioactivos.

§  Gestión de los residuos sólidos.

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